Convocatoria del MIR, PIR, FIR, EIR de 2020 | Editorial CEP

Convocatoria del MIR, PIR, FIR, EIR de 2020.

Editorial CEP - 10/12/20
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Convocatoria del MIR

A fecha 4 de diciembre se abre la convocatoria del MIR, FIR, PIR y EIR para el ingreso en 2021 a estos cuerpos. El plazo para inscribirse es desde el día 9 de diciembre hasta el 21 del mismo mes.

Desglose de plazas para la convocatoria del MIR

El total de plazas para Medicina es el siguiente:

  • MIR: 7.989 plazas
    • 7940 distribuidas por Comunidades Autónomas en los Centros y Unidades Docentes explicadas en el Anexo I del documento oficial
    • 49 plazas para Centros Sanitarios privados
    • 559 plazas podrán ser cubiertas por personas con discapacidad
    • 320 plazas por personas que no sean titulares de una autorización para residir en España

Desglose de plazas para la convocatoria del FIR

Para Farmacia, el desglose de plazas es:

  • FIR: 267 plazas
    • 262 plazas por Comunidades Autónomas en los Centros y unidades docentes que también se indican en el Anexo I del documento oficial.
    • 5 plazas en centros sanitarios de titularidad privada
    • 19 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad
    • 8 plazas podrán ser cubiertas por personas que no sean titulares de una autorización para residir en España

Desglose de plazas para la convocatoria de EIR

Las plazas para Enfermería se distribuyen así:

  • EIR: 1.683 plazas
    • 1.683 plazas distribuidas por comunidades autónomas en los centros y unidades docentes que se indican en el anexo I
    • 118 plazas podrán ser cubiertas en esta convocatoria por el turno de personas con discapacidad
    • 34 plazas podrán ser cubiertas por personas que no sean titulares de una autorización para residir en España

Inscripciones para la convocatoria del MIR

La solicitud a presentar es el modelo 790 de «Solicitud de admisión a pruebas selectivas de acceso a formación sanitaria especializada y liquidación de tasa de derechos de examen». Puedes cumplimentar el modelo desde la Sede Electrónica del Ministerio de Sanidad.

Cada formulario de solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único, por lo que no serán válidas las copias del mismo. Sin perjuicio del plazo de subsanación previsto en la relación provisional de admitidos, la ausencia de firma en la solicitud, ya sea a través de firma electrónica o mediante rúbrica personal, será causa de no admisión a las pruebas selectivas.

En el caso de que una persona quiera modificar algunos de los datos de una solicitud presentada electrónicamente, deberá anular dicha solicitud y registrar una nueva solicitud en el plazo de presentación de las mismas. En el caso de que una persona quiera modificar algunos de los datos de una solicitud presentada de forma presencial, deberá registrar una nueva solicitud en el plazo de presentación de las mismas y solo será tenida en cuenta la registrada en último lugar.
Si se decide registrar una nueva solicitud y ha tenido que realizar de nuevo el abono de la tasa a fin de poder concluir correctamente el procedimiento, se podrá solicitar posteriormente la devolución de la cantidad abonada que corresponda.

Tasa de Examen

Con carácter general, la tasa de derechos de examen será de 30,49 euros, que se ingresarán en el Tesoro Público a través de pago electrónico o mediante su abono en las entidades financieras colaboradoras, en los términos previstos en cada supuesto y según el procedimiento previsto en la Orden de 4 de junio de 1998, por la que se regulan determinados aspecto

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